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El camino hasta el 2015, cuando todo empezó a cambiar.

Actualizado: 24 jul


La actual Ley 20.000, que vino a reemplazar a la antigua Ley 19.366, cumplió en 2015 quince años desde su entrada en vigencia (promulgada el 2 de febrero de 2005 y publicada en el Diario Oficial el 16 de febrero de 2005). Ese mismo año, la Corte Suprema revocó la sentencia de uno de los casos más emblemáticos vinculados al activismo cannábico y a la libertad de cultivo personal. Además, en diciembre de 2015 se concretó el cambio de marihuana de la Lista I a la Lista II de estupefacientes controlados por el MINSAL, mediante el Decreto N° 408, firmado por la entonces presidenta Michelle Bachelet, y publicado el 1 de diciembre de 2015. Ese fue también el año en que el cannabis comenzó a dejar de ser un tema tabú para la sociedad chilena.





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El recorrido por la historia política y legal del país comienza en 1873, con la primera norma de ese tipo: el artículo 313 del Código Penal. Ese camino desemboca en la vigente Ley 20.000, previo paso por la Ley 19.366, la cual adaptó el marco jurídico chileno a los compromisos derivados de la Convención de Viena del 18 de diciembre de 1988, que reprime conductas relacionadas con la producción, tráfico, consumo y aprovechamiento económico de sustancias ilícitas.

La Ley 19.366 entró en vigencia el 30 de enero de 1995, Introdujo por primera vez la falta de consumo para cualquier persona (antes solo sancionaba a miembros de las fuerzas navales), penalizó el porte por considerarse indicio de tráfico, introdujo agravantes como pertenecer a organizaciones criminales y estableció presunciones graves ante la tenencia de insumos utilizados en la producción de drogas, salvo que se demostrara uso legal.


El surgimiento de la Ley 20.000

La Ley 20.000 fue promulgada el 2 de febrero de 2005 y publicada el 16 de febrero de 2005 Esa norma reconoció una realidad creciente en Chile: muchas personas consumían o portaban pequeñas cantidades sin estar vinculadas a redes criminales, lo que motivó establecer diferencias entre consumo personal y tráfico.


Consumo y represión antes y durante la dictadura

Hasta la década de 1970, el consumo de drogas no representaba un problema social grave en Chile. Fue durante la dictadura militar que se promulgaron leyes que endurecieron las penas por tráfico, incluyendo sustancias como la marihuana, considerada de baja peligrosidad. Esto dio lugar a campañas de erradicación de cultivos nacionales, favoreciendo, en contraparte, el ingreso de marihuana prensada paraguaya y pasta base de cocaína.


Antes del golpe de Estado, el país no contaba con normas que criminalizaran sistemáticamente el consumo. Pero en 1973, se promulgó la Ley 17.934 (publicada el 16 de mayo de 1973, promulgada el 9 de mayo de ese año). Posteriormente, en 1985, fue reemplazada por la Ley 18.403, publicada el 4 de marzo de 1985, que derogó la anterior y elevó significativamente las penalidades, incluyendo sanciones por cultivo de cannabis cuando se presumía ánimo de tráfico. Estas normativas reflejaron una política antidrogas influenciada por la "Guerra contra las Drogas" global, más por presión internacional que por una crisis social interna.


Cultivo, persecución y activismo

Desde 2005, el acceso a semillas de marihuana por parte de cultivadores condujo a una serie de detenciones por cultivo ilegal, incluso para uso personal y sin fines de lucro. Las penas iban desde varios meses hasta años de presidio. En ese contexto surgieron organizaciones como Movimental, que denunciaron los abusos y defendieron a los afectados por la legislación vigente en el gobierno de Ricardo Lagos.

Uno de los casos mediáticos fue el de María Luisa Velazco, de 71 años, exesposa del senador y exministro Juan Hamilton. Fue acusada de narcotráfico por cultivar 40 plantas y poseer 1 kg de cannabis en su domicilio pese a su uso medicinal por artritis reumatoide. Estuvo ocho días en prisión preventiva y recibió apoyo público notable; la prensa la apodó “la abuela cogollo”.

Otro caso icónico fue el de Marco Quiróz, exdirector de la Biblioteca Nacional de Puerto Montt, detenido por portar 8 gramos y fumar marihuana. Fue condenado a 5 años y un día, cumplió tres años, obtuvo libertad condicional, pagó una multa y la Corte Suprema admitió que “el uso con discreción y sin fines de lucro” era legal. Esto abrió paso al activismo cannábico en tribunales.

Ese año, Movimental convocó la primera concentración pública bajo la consigna “Cultiva tus derechos”, generando un giro en la percepción social además del impacto mediático por las detenciones de figuras televisivas.


El giro mediático y político: 2011 y 2014

En 2011, el debate se intensificó cuando figuras del programa juvenil Yingo y otros rostros mediáticos salieron en defensa de la legalización del cannabis. Actores, actrices y políticos comenzaron a cuestionar la clasificación de la marihuana en la Lista I y la aplicación de la Ley 20.000.

En 2014, tras años de presión de diversos sectores, el SAG entregó la primera autorización de cultivo legal con fines medicinales y se presentó un proyecto de ley para regular explícitamente el cultivo y consumo personal de cannabis.


2015: un año decisivo

A diez años de la Ley 20.000, la sociedad chilena vivía dividida e informada con mayor claridad: un alto porcentaje había consumido cannabis y consideraba su daño casi nulo. En ese escenario apareció el caso Tiagrama, donde la Corte Suprema revocó una condena por cultivo de 15 plantas contra miembros de esa organización. Milton Flores inició una huelga de hambre hacia la presidenta Bachelet, demandando excluir a la marihuana de las “drogas duras”. La Corte concluyó que “el cultivo personal es un acto preparatorio para un hecho lícito” y que “los cultivos colectivos para consumo no concertados tampoco constituyen infracción a la ley”.

Esto impulsó un intento legislativo para reformar la Ley 20.000 y autorizar el cultivo medicinal. Movimientos sociales marcharon con el lema “No más presos por plantar”. Aunque el proyecto no prosperó—por falta de apoyo gubernamental y desacuerdos con activistas sobre cantidades permitidas—en diciembre de 2015, se firmó el Decreto 408, que trasladó el cannabis de la Lista I a la Lista II del reglamento de estupefacientes del MINSAL.

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